domingo, 28 de octubre de 2018

TESTAMENTO DE DOÑA CORNELIA CALDERON DEL CASTILLO, ESPOSA DE DON FRANCISCO BALDÉS Y MONTENEGRO



Dado el catorce de setiembre de 1785
“En el nombre de Dios todopoderoso amén, sepan quantos esta mi Memoria de Testamento vieren como yo doña Cornelia Calderón del Castillo natural de la Hacienda Tangarará jurisdicción de la Subdelegación de la ciudad de San Miguel de Piura, hija legítima de don Martín Calderón del Castillo y de doña Paula de la Mara que ya fallecieron, hallándome enferma en cama del accidente que Dios nuestro señor se ha servido darme pero en mi sano y entero juicio, memoria y entendimiento natural: creyendo como verdaderamente creo en el altísimo y soberano Misterio de la santísima trinidad, Padre, Hijo, y espíritusanto, tres personas distintas y un solo Dios verdadero; y en todos los demás misterios, que tiene, cree, confiesa, y enseña nuestra santa Madre Iglesia Católica, Apostólica, Romana en cuya feé y creencia he vivido, y pretendo vivir, y morir como católica Apostólica, Romana, y fiel christiana, y temiéndome de la muerte que esnatural a toda criatura viviente y que esta no me halle sin el apercevimiento necesario, en declarar, y ordenar las cosas pertenecientes al descargo de mi conciencia; hago y ordeno esta mi Memoria Testamentaria en la forma siguiente = primeramente mando mi alma a Diós que la crió y redimió en el infinito valor de su preciosísima sangre, vida pasión y muerte, y el cuerpo a la tierra deque fue formado, el cual después de muerto es mi voluntad sea sepultado en la capilla semiparroquial de esta Hacienda de la Solana y en lo demás de su entierro y funeral lo dejo a la voluntad de mi Albacea, declárolo así para que conste = Item. Declaro que soy casada y velada según órden de nuestra santa madre iglesia con don Francisco Baldés y Montenegro, y traxe al matrimonio como por vía de dote unas ocho yeguas, y un garañón, una burra con su cría, quatro cucharas de plata, y otros efectos que según siempre le oído decir al predicho mi marido, importaron todas trecientos y sinquenta pesos incluso el importe de la ropa de mi uso en el que se ha roto y el dicho mi marido traxo esta Hacienda de la Solana con más de cien yeguas, cosa de sesenta cabezas de ganado vacuno, algunas mulas, burros hechotes, y […], cosa de docientas cincuenta cabezas de ganado cabrío, chico y grande, y otros bienes que yo ni mi marido tenemos presentes, declárolo así para que conste = Item. Declaro, que en el tiempo de nuestro matrimonio hemos tenido y procreado varios hijos, que los más murieron de cortos años, y entre los finados, una que fuemuger legítima de don Manuel Ramírez, nombrada doña Marciana Baldés, a don Manuel, a doña María y doña Petronila Baldés que al presente viven, las mugeres casadas, y el varón soltero, a quienes mi citado marido sabe lo que les ha dado de dote, constándome solamente que a la que falleció le dio menor cantidad, que a las que al presente viven, declárolos por tales mis hijos legítimos, y del predicho mi marido, declárolo así para que conste = […]
= y del remanente que quedare de todos mis bienes, deudas, acciones y demas futuras subseciones, que en adelante me hubieren de tocar, y pertenecer, instituyo por mis universales herederos a mis hijos legítimos doña Marciana, la que habiendo fallecido dejó hijos a quienes se les dará la parte, que a los otros les hubiere de pertenecer, a don Manuel a quien lo mejoxo en cincuenta pesos para el descargo de mi conciencia, la qual cantidad se sacará de lo que quedare del quinto de mis gananciales, a doña María y a doña Petronila Baldés para que los hayan, gocen, y posean con la bendición de Dios y la mía. Y para cumplir y pagar este mi testamento, y todo lo en el contenido elixo y nombro por mi Albacea y tutor de mis nietos hijos legítimos de la finada mi hija prenombrada doña Marciana, nombrados don Calixto, doña Clara, doña María, y don Ignacio, y don Francisco, que fue el primero,  curador y tenedor de bienes al citado mi legítimo marido don Francisco Valdés y Montenegro para que entre en la administración de ellos, los pueda vender, o venda en almoneda pública o fuera de ella, o como mexor le pareciere subrogándole como desde luego le subrogo todo el tiempo que necesitare, a más de un año, y un día que la Ley de Toxo dispone= […] En este estado considerando que puede quedarme de ganaciales un considerable quinto que habrá con el número más de lo que importare el funeral, y entierro, y los cincuenta pesos en que mejoro a mi hijo don Manuel, los restantes los dejo a dos nietecitos mios, y del prenotado mi marido don Francisco Baldés por haber criadolos especialmente al uno nombrado don Ignacio Ramírez y al otro su hermano mayor nombrado don Francisco Ramírez […]
[…]”

FALLECIMIENTO DE DOÑA CORNELIA CALDERON DEL CASTILLO



Fue esposa de  don Francisco Baldés de Montenegro, propietario de la hacienda La Solana. Doña Cornelia fallece en abril de 1786, como da cuenta don Francisco Montero, escribano público de Cabildo, Registros, Minas de la real Hacienda, dando cuenta del nombramiento del defensor de menores en los autos de inventariado de los bienes de doña Cornelia Calderón.

“En la ciudad de Piura a los diesyocho días del mes de abril de mil setecientos ochenta y seis años el señor  Gral dn. Pedro Rafael Castillo subdelegado del señor Governador Intendente de la capital de Trujillo en esta dicha ciudad de Piura y su partido: Dixo: Que por quanto ha llegado a su noticia que Cornelia Calderón del Castillo, muger legítima que fue de don Francisco Baldés y Montenegro dueño de la Hacienda de la Solana de esta jurisdicción ha fallecido en ella dejando algunos menores quienes, de alguna consideración, para que haya la debida quenta entre los herederos de la susodicha, y que no perjudiquen dichos menores en la parte que les pertenesca […].”