lunes, 18 de mayo de 2020

LA HACIENDA ROMEROS


Según Manuel Lauro Ramírez Añazco, don Hermenegildo Ramírez Duarte, antes de morir, dividió proporcionalmente en dos partes iguales sus tierras, de una de las mitades repartió seis haciendas, una para cada uno de sus hijos; la otra mitad que era todo lo que comprendía el predio “Romeros” quedó con doña Josefa Aguirre y sería repartida nuevamente en seis partes iguales cuando ella muriera, lo que no sucedió porque pasó a ser propiedad de don José María Ramírez Aguirre.
Del Testimonio de la “Escritura de Donación de Terreno Otorgada por Doctor César Augusto Guerrero Cueva, a Favor de la Fundación Científica San Francisco”, del 25 de junio de 2003, hemos resumido lo siguiente:
En 1902 se inscribió en la Registraduría de la propiedad del Cantón Celica el testamento otorgado por don José María Ramírez que fuera hijo de don Hermenegildo Ramírez y de doña Josefa Aguirre, en dicho testamento consta la propiedad denominada “Romeros” la misma que se encuentra ubicada en la Parroquia y Cantón Zapotillo, Provincia de Loja, antigua jurisdicción del Cantón Celica; posteriormente, se inscribió el testamento otorgado por don Salvador Ramírez Celi, que fuera hijo de don José María Ramírez y doña Carmen Celi, en la Registraduría del Cantón Celica el tres de diciembre de 1953, en el aludido testamento, el testador declara que deja a sus descendientes: Héctor, Humberto Nicanor, Rosa Amelia, Carmen Luzmila y Doda Brenilda Ramírez las haciendas de “Romeros y Guasimal” que fueron compradas por las escrituras públicas: del 23 de enero de 1927, del 21 de enero de 1935 y del 6 de junio de 1936. Posteriormente el Instituto Ecuatoriano de Reforma Agraria y Colonización, el 20 de junio de 1984 declaró la afectación parcial de la hacienda “Romeros”, por la causal de Reversión, en mérito a las consideraciones anotadas en el artículo 48 de la Ley de la Materia, predio que lo mantienen en propiedad pro indivisa los sucesores de don Salvador Ramírez Celi, por apelación, el Comité de Apelación de la Reforma Agraria resolvió 1) declarar la afectación del predio “Romeros” en la superficie de 636.89 Has. Mediante la causal de Reversión; 2) a) declarar la inafectabilidad de 23.93 Has a favor de los propietarios; y b) el resto del predio que constituye bosque natural y vegetación protectores que no podrán destinarse a otros fines sino los de protección que el Estado garantiza el Derecho a la Propiedad Privada sobre las tierras forestales y los bosques de Dominio Privado, la Resolución se inscribió el 14 de marzo de 1985. Mediante escritura pública de 21 de febrero de 1779, don Héctor Salvador Ramírez Ortiz vendió a don Juan Adalberto Ramírez Lacotera, los derechos y acciones que en calidad de heredero tenía en la hacienda Romeros, lo que fue inscrito el 11 de mayo de 1998. El 12 de julio de 2001, don Pablo Medardo Ramírez Ortiz vendió a don Marco Tulio Ramírez Lacotera los derechos y acciones que como heredero tenía de la hacienda Romeros, inscrita el 16 de julio de 2001. El 17 de enero de 2001, se concede la Posesión Efectiva, pro indiviso, de los bienes dejados por don Salvador de Jesús Ramírez Celi, a favor del doctor Silvio Ernesto Ramírez Lacotera. El 13 de febrero de 2001 conceden la Posesión Efectiva pro inidiviso de los bienes de don Salvador de Jesús Ramírez Celi a favor de: licenciado Víctor Augusto y Carmen Lastenia Ramírez Lacotera, Yandry Nemesio, Hilda Teresa y Gladis Rocío Lamar Ramírez, Mario Enrique, Fernando Humberto y Gladys Lucía del Cisne Ramírez Eguiguren; y Enma Luzmila Sánchez Ramírez. El 9 de agosto de 2001, los herederos de don Salvador Ramírez Celi, vendieron a don César Augusto Guerrero Cueva, comprado con dinero de don Iván Gayler con la condición de que sea donada a la Fundación Científica San Francisco, una vez saneada la propiedad. Area 5290 Has. Ubicada en la frontera. La fundación hoy se llama Naturaleza & Cultural Internacional NCI

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